I. Constitucionalismo, Constitucion y Derecho Constitucional

I. Constitucionalismo, Constitucion y Derecho Constitucional

jueves, 24 de febrero de 2011

PODCAST: EL CONSTITUCIONALISMO EN EL SIGLO XXI

Aquí les presentamos el podcast referente al constitucionalismo, el cual, les será de mucho interés.

El mismo consiste en una entrevista que concedió el catedrático D. Joaquín Valera, a Radio ECCA, por haber escrito en septiembre de 2009, a la revista "Claves de razón práctica", el artículo EL CONSTITUCIONALISMO EN EL SIGLO XXI.

LINK : http://www.ivoox.com/constitucionalismo-siglo-xxi-audios-mp3_rf_136324_1.html.

jueves, 10 de febrero de 2011

Blogs de interés sobre El constitucionalismo, la constitución y el Derecho Constitucional

El blog “Derecho Constitucional” está correctamente elaborado. Posee una diversa gama de informaciones relacionadas al Derecho Constitucional, que lo convierte en uno de los blogs de interés de estudio para el estudiante de derecho. A causa de que presentan detalladamente cada uno de los puntos más importantes sobre la Constitución, como lo es, su jerarquía, supremacía, la estabilidad del Derecho, entre otros temas más. Cabe a resaltar que nos gusto mucho el hecho de que sus posts estén subdivididos en unidades, lo cual resulta más fácil para la comprensión de la misma. Los invitamos a que nos sigan a nuestro Blog: www.guddc.blogspot.com

El link del Blog “Derecho Constitucional” es http://d-constitucional.blogspot.com/



El Blog “Mag Jurídico”, presenta un post totalmente de interés, respecto a de cómo fue surgiendo el constitucionalismo antiguo hasta lo que hoy conocemos. Nos parece muy interesante de que clasifiquen los hechos más importantes en números y que lo realicen de manera cronológica, para poder así establecer un mejor entendimiento al lector. Otro post que fue de nuestro interés, son “Los principios de Derecho”, donde presentan los diversos principios a utilizar como el de justicia, legalidad, entre otros. De la misma, forma cabe destacar que este Blog posee posts de interés para todos los estudiantes de Derecho, sin excepción alguna. Los invitamos a que nos sigan a nuestro Blog: www.guddc.blogspot.com

El link del Blog “ Mag Juridico” es http://magjuridico.blogspot.com/2010/10/constitucionalismo-antiguo-ensayo-de-un.html



El Blog, “El constitucionalista” presenta un artículo de interés general sobre el Derecho Constitucional, y es que este, quiere dejar expresado la importancia de este derecho en lo académico, político y en lo jurisdiccional, como bien lo dice su título. De igual forma, en este post, se centraliza en la importancia que ha obtenido el derecho constitucional con la medida del tiempo y de cómo esta debe de ser de un adecuado entendimiento para los licenciados y estudiantes de Derecho. Además, el mismo explica las cualidades o habilidades que debe de poseer el catedrático respecto a este derecho, así como el alumno al momento de poner en práctica el estudio de la misma.

Nuestro Grupo Universitario de Derecho Constitucional, comparte una opinión estrechamente similar con usted. Ya que, nosotros consideramos que el estudio del Derecho Constitucional es de suma importancia al momento de introducirnos al estudio del Derecho. Ya que, es aquí donde se encuentra la base de todo. De ahí surge todo lo necesario para obtener una clara interpretación de las leyes al momento de aplicarlas y demás. Los invitamos a que nos sigan a nuestro Blog: www.guddc.blogspot.com

El link del Blog “El constitucionalista” es:http://elconstitucionalista.blogspot.com/

jueves, 3 de febrero de 2011

Los siguientes dos artículos son referentes al Constitucionalismo, la Constitución y el Derecho Constitucional.

Nuevo constitucionalismo

El nuevo constitucionalismo dominicano tendrá su prueba de fuego si el presidente Fernández insiste en repostularse y utiliza los mecanismos del referendo establecidos en la Carta Magna, como quieren algunos.

El nuevo constitucionalismo latinoamericano va más allá de constituir una teoría de la Constitución, para crear una nueva teoría del derecho, como ha explicado Carbonell. Pero sus alcances son mayores, puesto que el nuevo constitucionalismo es principalmente, una teoría democrática de la Constitución.

En este sentido, la Constitución reinterpreta el estado de derecho y lo eleva a la categoría de aspiración real de la sociedad.

Edwards ha criticado en el nuevo constitucionalismo el uso que se da a los referendo y plebiscitos por parte del poder político para sus fines particulares, creando de esa manera, una especie de "constitucionalismo populista", "en el que el líder populista apela en forma directa a las masas para obtener sus objetivos a nivel constitucional".

El punto aquí, es que la nueva Constitución no solo crea esas nuevas instituciones jurídicas sino también los contrapesos sustantivos a los excesos del poder. Así, el Tribunal Constitucional es una garantía de que no se violentarán los procesos establecidos en la Ley de Leyes, así como otros mecanismos de participación popular.

El Estado Constitucional de derecho no es una mera fórmula para que la discutan los teóricos. Es una realidad viva y sentida por la población dominicana.

Bibliografia: Diario Libre http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=259774&l=1

(06/Septiembre/2010)

CONCLUSIONES

En este artículo del Diario Libre se expone el nuevo constitucionalismo que se está desarrollando en la República Dominicana mediante la nueva constitución promulgada el pasado 26 de Enero del 2010, en cual se critica la forma según Edwards de cómo esta nueva carta magna trae consigo un constitucionalismo populista, sin embargo , cabe destacar que esta nueva constitución es un avance por la creación del nuevo Tribunal Constitucional que será una garantía para que se cumpla todo lo pactado en la constitución, esperemos que este tribunal constitucional sea digno de un constitucionalismo serio y que la población dominicana sea testigo de un nuevo constitucionalismo donde todos los derechos sean respectados.

Constitucional: derecho de la democracia

La oportunidad de conversar y escuchar al profesor Jean-Claude Colliard, eminente constitucionalista y presidente de la universidad París I Panthéon-Sorbonne fue extremadamente gratificante. Acompañado de su esposa Sylvie, igualmente jurista y a quien conoció como su alumna, el prestante profesor, en el marco de la firma de un acuerdo de cooperación entre su prestigiosa universidad y el Instituto Global para la realización de diplomas de universidad y de Master 2 con doble titulación, tuvo tiempo para intercambiar conceptos e ideas sobre la Constitución dominicana y para deleitarnos con una conceptuosa conferencia sobre el tema el Derecho Constitucional, Pilar de la Democracia. Hijo de Claude Albert Colliard, maestro del Derecho Internacional Público, quién nos cautivó en Niza y en París con sus excelentes enfoques y nieto del eminente profesor Ripert estaba normalmente destinado a recorrer con éxito los caminos académicos. Estuvo ligado al mundo político como director del Gabinete del Presidente Francois Mitterrand de 1981 a 1988 y posteriormente como director del Gabinete de Laurent Fabius, Presidente de la Asamblea Nacional Francesa. La personalidad de Mitterrand marcó profundamente a Colliard, quien se impregnó de la personalidad extraordinaria del Presidente francés con más tiempo al frente del Estado: catorce años, sirviéndole desde el año 1970.

En el Palacio del Eliseo, su despacho sólo estaba separado del presidencial por el ocupado por las secretarias de Mitterrand, él conocía todo lo de Mitterrand y Mitterrand conocía todo lo de él. Ya en 1977 Thierry Pfister en su obra Les socialistes, refiriéndose a Colliard lo describía como de “Una placidez natural que lo hace recibir con filosofía los riesgos de la vida política. La carrera de jurista de un hijo de jurista”. Su experiencia en el campo constitucional tomó un nuevo curso con su elección en el Consejo Constitucional durante el período 1998-2007. De fácil conversación con un temperamento afable, fumador de pipa, practicante del esquí y de la navegación a vela, profesor de la universidad de Nantes, Colliard se animó a compartir recuerdos con el vicepresidente Rafael Alburquerque y este servidor sobre algunos de los grandes maestros del Derecho que marcaron de una u otra forma nuestras respectivas formaciones académicas. Como el tiempo pasa la gran mayoría mora en la otra ciudad, tal es el caso de Gerard Lyon-Caen, Jean Rivero, André De Laubadére, René David, René-Jean Dupuy; en mi caso, me sorprendió que Maurice Duverger, el gran maestro del Derecho constitucional, vive aún aunque muy disminuido y aquejado por la enfermedad de alzheimer. Nunca he ocultado que Duverger marcó profundamente el sustrato ideológico de mi pensamiento constitucional a pesar de que como he referido antes mi profesor de constitucional en Niza fue el Decano Paul Isoart.

La conferencia de Colliard partió de una afirmación portadora de esperanzas: “El Derecho Constitucional es el Derecho de la Democracia”. El conferencista desarrolló el concepto partiendo del hecho cierto del asombroso desarrollo que ha tenido esta disciplina jurídica, destacando que en la Europa actual no existe una sola dictadura y que cada vez más países se acogen al modelo constitucional para su organización y funcionamiento. Entrando en materia, soslayó la discusión sobre si el Derecho Constitucional se refiere a la norma constitucional o a las instituciones del Estado; en otras palabras, si su objeto exclusivo de estudio es la constitución o las instituciones políticas de un país determinadao, en un momento determinado. Consideró el maestro, siguiendo la escuela de Georges Burdeau y de Maurice Duverger, que el derecho constitucional estudia tanto la constitución como las instituciones políticas. Colliard enfatizó el hecho de que el concepto democracia como tal, ha estado siendo sustituido en la práctica por el de estado de derecho. No por azar nuestra constitución del 26 de enero del presente año incorpora la noción de “estado social y democrático de derecho”; concuerdo con Colliard en que al hacer énfasis en el estado de derecho se quiere destacar y fortalecer el principio de legalidad, o sea, el sometimiento de la administración del estado a la Ley.

Figuras como el defensor del pueblo tienden a la protección de los ciudadanos. Él destacó algunos elementos que han sufrido cambios dentro del régimen democrático. Así considera que existe una especie de acercamiento entre los principales regímenes políticos: El régimen presidencial adopta instituciones del régimen parlamentario, particularmente en el continente americano; mientras que el régimen parlamentario incorpora instituciones del presidencial. Destaca el acercamiento de las elecciones a los ciudadanos, la democratización del sufragio universal con la eliminación del sufragio censitario y capacitario y el otorgamiento del voto a la mujer. Considera que el principio de la separación de los poderes se convierte en Europa en separación del judicial frente a los otros dos poderes, advierte la judicialización de la política y declara su desafección con la expresión derechos fundamentales, preguntándose ¿quién tiene la certeza de cuales son los fundamentales?

Autor: Milton Ray Guevara


CONCLUSIONES:

Este artículo del periódico Listín Diario, escrito por Milton Ray Guevara nos expone la conferencia del constitucionalista y profesor Jean-Claude Colliard, sobre el derecho a la democracia, el mismo alude que el derecho constitucional es el derecho a la democracia y que todos los días son más los países que acogen el modelo constitucional incluyéndonos a nosotros con la creación de la nueva constitución. Este artículo es bastante interesante ya que nos ayuda a ver que el derecho constitucional no solo estudia la constitución de un país sino también sus instituciones políticas, para así dar una garantía de estas, al mismo tiempo aclara porque es importante hacer énfasis en que somos un Estado social y democrático de derecho, el cual fortalece el principio de legalidad.