I. Constitucionalismo, Constitucion y Derecho Constitucional

I. Constitucionalismo, Constitucion y Derecho Constitucional

jueves, 10 de febrero de 2011

Blogs de interés sobre El constitucionalismo, la constitución y el Derecho Constitucional

El blog “Derecho Constitucional” está correctamente elaborado. Posee una diversa gama de informaciones relacionadas al Derecho Constitucional, que lo convierte en uno de los blogs de interés de estudio para el estudiante de derecho. A causa de que presentan detalladamente cada uno de los puntos más importantes sobre la Constitución, como lo es, su jerarquía, supremacía, la estabilidad del Derecho, entre otros temas más. Cabe a resaltar que nos gusto mucho el hecho de que sus posts estén subdivididos en unidades, lo cual resulta más fácil para la comprensión de la misma. Los invitamos a que nos sigan a nuestro Blog: www.guddc.blogspot.com

El link del Blog “Derecho Constitucional” es http://d-constitucional.blogspot.com/



El Blog “Mag Jurídico”, presenta un post totalmente de interés, respecto a de cómo fue surgiendo el constitucionalismo antiguo hasta lo que hoy conocemos. Nos parece muy interesante de que clasifiquen los hechos más importantes en números y que lo realicen de manera cronológica, para poder así establecer un mejor entendimiento al lector. Otro post que fue de nuestro interés, son “Los principios de Derecho”, donde presentan los diversos principios a utilizar como el de justicia, legalidad, entre otros. De la misma, forma cabe destacar que este Blog posee posts de interés para todos los estudiantes de Derecho, sin excepción alguna. Los invitamos a que nos sigan a nuestro Blog: www.guddc.blogspot.com

El link del Blog “ Mag Juridico” es http://magjuridico.blogspot.com/2010/10/constitucionalismo-antiguo-ensayo-de-un.html



El Blog, “El constitucionalista” presenta un artículo de interés general sobre el Derecho Constitucional, y es que este, quiere dejar expresado la importancia de este derecho en lo académico, político y en lo jurisdiccional, como bien lo dice su título. De igual forma, en este post, se centraliza en la importancia que ha obtenido el derecho constitucional con la medida del tiempo y de cómo esta debe de ser de un adecuado entendimiento para los licenciados y estudiantes de Derecho. Además, el mismo explica las cualidades o habilidades que debe de poseer el catedrático respecto a este derecho, así como el alumno al momento de poner en práctica el estudio de la misma.

Nuestro Grupo Universitario de Derecho Constitucional, comparte una opinión estrechamente similar con usted. Ya que, nosotros consideramos que el estudio del Derecho Constitucional es de suma importancia al momento de introducirnos al estudio del Derecho. Ya que, es aquí donde se encuentra la base de todo. De ahí surge todo lo necesario para obtener una clara interpretación de las leyes al momento de aplicarlas y demás. Los invitamos a que nos sigan a nuestro Blog: www.guddc.blogspot.com

El link del Blog “El constitucionalista” es:http://elconstitucionalista.blogspot.com/

2 comentarios:

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  2. Existe tres modelos constitucionales a la cual cada uno de ellos hicieron diversos aportes al constitucionalismo. Por un lado se encuentra el modelo ingles la que aportó con la idea de libertad personal y seguridad con junto a sus respectivas garantías impuesta a través de la creación de un proceso justo regulado por ley, además aportó la idea de que los jueces son quienes regulan y tutelan los derechos fundamentales a través de una interpretación dinámica que conforma el Derecho común a lo que también esta el principio de que la soberanía reposa en el Parlamento y que ésta se expresa bajo la forma de ley. Por otro lado el modelo norteamericano aportó con un sistema en el cual la constitución emerge del pueblo que toma decisiones. Esto se refiere de una “Constitución dualista” en la medida en que las decisiones son tomadas en tiempos peculiares por el pueblo. El modelo norteamericano limita el gobierno por la división de poderes y por los derechos fundamentales, también este modelo coloca a los jueces entre el legislador y el pueblo gracias a el control judicial de constitucionalidad (judicial review). Por ultimo se encuentra el modelo francés que asigna a la nación francesa de una Constitución que reconoce los derechos naturales de los individuos y que asume construir un orden político artificial basado en el “contrato social”. Este modelo optó por la creación de un Estado legicéntrico que, mediante a la inexistencia de un control judicial de constitucionalidad, guía a la ley en la verdadera Constitución de los franceses. Además este modelo cuanta con la soberanía parlamentaria y un poder constituyente.

    Luis Perez

    2009-5063

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